Hola colegas, para no variar me encuento en pampa y la vía.
Me hice cargo de una ejecucion hipotecaria ya iniciada por otro letrado. Se encontraba paralizada desde 2004. En este año la desparalicé y la continué. El expte. estaba listo para ejecutar el bien inmueble, pero el acreedor no quiso dejar al deudor en la calle y se paró ahí.
Lo saco de paralizado, solicito se designe martillero a fin de mandar llevar adelante la ejecución. Se designa martillero, éste acepta y ahora me llama para comentarme que el embargo trabado caducó en el 2008, motivo por el cual tengo que solicitar se trabe nuevamente embargo. La tonta fui yo que no me percaté de analizar ese pequeño detalle (una tarada).
Aquí surgen todas mis dudas:
1) la traba de embargo tiene vigencia x 5 años, no es cierto??
2) me resta solicitar en el expediente se trabe nuevamente embargo sobre el inmueble???. Manifiesto que caducó el embargo ya trabado y a fin de salvaguardar el legítimo derecho de mi cliente solicito se trabe embargo preventivo???. Continúa siendo un embargo preventivo??.
2) suponiendo el juzg. haga lugar a lo solicitado, debo diligenciar el oficio al reg. de la prop. Debo mencionar que se traba embargo por la suma de $X en concepto de capital y de $X en concepto de intereses verdad??
Haber si alguien puede aclarame un poco el panorama porque entro en pánico cada vez que me pasa algo así.
Desde ya gracias a quien pueda colaborar conmigo.
Saludos.
Me hice cargo de una ejecucion hipotecaria ya iniciada por otro letrado. Se encontraba paralizada desde 2004. En este año la desparalicé y la continué. El expte. estaba listo para ejecutar el bien inmueble, pero el acreedor no quiso dejar al deudor en la calle y se paró ahí.
Lo saco de paralizado, solicito se designe martillero a fin de mandar llevar adelante la ejecución. Se designa martillero, éste acepta y ahora me llama para comentarme que el embargo trabado caducó en el 2008, motivo por el cual tengo que solicitar se trabe nuevamente embargo. La tonta fui yo que no me percaté de analizar ese pequeño detalle (una tarada).
Aquí surgen todas mis dudas:
1) la traba de embargo tiene vigencia x 5 años, no es cierto??
2) me resta solicitar en el expediente se trabe nuevamente embargo sobre el inmueble???. Manifiesto que caducó el embargo ya trabado y a fin de salvaguardar el legítimo derecho de mi cliente solicito se trabe embargo preventivo???. Continúa siendo un embargo preventivo??.
2) suponiendo el juzg. haga lugar a lo solicitado, debo diligenciar el oficio al reg. de la prop. Debo mencionar que se traba embargo por la suma de $X en concepto de capital y de $X en concepto de intereses verdad??
Haber si alguien puede aclarame un poco el panorama porque entro en pánico cada vez que me pasa algo así.
Desde ya gracias a quien pueda colaborar conmigo.
Saludos.
