Hola a todos mi consulta es sobre un hombre de (69 años 6 mese) nacio el 3-1940, que tiene un reconocimiento de servicio por 25 años y 7 meses- pregunta ¿solo son la resolucion de reconocimientos de servicios me alcanza como prueba ?.
Al tener exceso de edad y usando la DDJJ, art 3 ley 24476, la deuda me da cero (000). mi pregunta es ¿al SICAM lo envierlo o solo imprimo los formularios?
Espero respuestas. gracias.
Al tener exceso de edad y usando la DDJJ, art 3 ley 24476, la deuda me da cero (000). mi pregunta es ¿al SICAM lo envierlo o solo imprimo los formularios?
Espero respuestas. gracias.
