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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #423815  por AGDA
 
celiaEsc escribió:Agda: Tienes razón un administrado no tiene obligación de saber, pero el abogado sí, y nadie puede alegar en su defensa su propia torpeza, por eso te ponen el 20% de cargo, cuando vas con un gestor / o abogado.
Además, la obligación de asesorar, asistir a los solicitantes, no debe sobrepasar del conocimiento de las leyes, normativa de ANSES, justamente los empleados no están obligados a hacer todos esos cruces. Saludos
En esto disiento con vos, celia. No entendi muy bien la expresión: "la obligación de asesorar, asistir a los solicitantes, no debe sobrepasar del conocimiento de las leyes, normativa de ANSES, justamente los empleados no están obligados a hacer todos esos cruces"

No sé a que te referís con "no debe sobrepasar el conocimiento de las leyes". Los empleados (iniciadores) son (o deberían serlo) personal técnico capacitado, de modo que deben informar, asesorar y asistir al solicitante (sobretodo si es lego) en los términos legales. Por otro lado, ANSeS tiene la obligación de cotejar todas las bases de datos y hacer todos los cruces que sea menester previo a otorgar una prestación.

Saludos..
 #423835  por celiaEsc
 
AGDA escribió:
celiaEsc escribió:Agda: Tienes razón un administrado no tiene obligación de saber, pero el abogado sí, y nadie puede alegar en su defensa su propia torpeza, por eso te ponen el 20% de cargo, cuando vas con un gestor / o abogado.
Además, la obligación de asesorar, asistir a los solicitantes, no debe sobrepasar del conocimiento de las leyes, normativa de ANSES, justamente los empleados no están obligados a hacer todos esos cruces. Saludos
En esto disiento con vos, celia. No entendi muy bien la expresión: "la obligación de asesorar, asistir a los solicitantes, no debe sobrepasar del conocimiento de las leyes, normativa de ANSES, justamente los empleados no están obligados a hacer todos esos cruces"

No sé a que te referís con "no debe sobrepasar el conocimiento de las leyes". Los empleados (iniciadores) son (o deberían serlo) personal técnico capacitado, de modo que deben informar, asesorar y asistir al solicitante (sobretodo si es lego) en los términos legales. Por otro lado, ANSeS tiene la obligación de cotejar todas las bases de datos y hacer todos los cruces que sea menester previo a otorgar una prestación.

Saludos..
 #423844  por celiaEsc
 
AGDA escribió:
celiaEsc escribió:Agda: Tienes razón un administrado no tiene obligación de saber, pero el abogado sí, y nadie puede alegar en su defensa su propia torpeza, por eso te ponen el 20% de cargo, cuando vas con un gestor / o abogado.
Además, la obligación de asesorar, asistir a los solicitantes, no debe sobrepasar del conocimiento de las leyes, normativa de ANSES, justamente los empleados no están obligados a hacer todos esos cruces. Saludos
En esto disiento con vos, celia. No entendi muy bien la expresión: "la obligación de asesorar, asistir a los solicitantes, no debe sobrepasar del conocimiento de las leyes, normativa de ANSES, justamente los empleados no están obligados a hacer todos esos cruces"

No sé a que te referís con "no debe sobrepasar el conocimiento de las leyes". Los empleados (iniciadores) son (o deberían serlo) personal técnico capacitado, de modo que deben informar, asesorar y asistir al solicitante (sobretodo si es lego) en los términos legales. Por otro lado, ANSeS tiene la obligación de cotejar todas las bases de datos y hacer todos los cruces que sea menester previo a otorgar una prestación.

Saludos..
Hola: El sentido que le doy a la frase "no debe sobrepasar el conocimiento de las leyes" es porque no está reglamentado que sea el iniciador el que coteje todos esos datos y haga esos cruces, lo hacen con oficios a cada institución y con posterioridad, no es instantáneo, aún no está todo tan automatizado como para saberlo en el momento. Por otro lado, la mayoría de los empleados que atienden en anses, como iniciadores, son gente muy joven y capaz, que cumple con sus obligaciones. Hay excepciones, lo reconozco.
Además, no soy partidaria de buscar justificaciones para todo, si la persona no estuvo en el país, por ética, y solidaridad con el resto de las personas que sí estuvo, no le corresponde invocar aportes en esos períodos.
Además, para eso se presenta con un abogado, pues si va a esperar todo de los iniciadores de la ANSES ¿para qué cobramos nosotros? Si nosotros no ponemos límites bien definidos, luego aparecen los gestores que jubilan a cualquiera y los cargos después los tienen los solicitantes, hay que ser responsables. Y no estoy enojada para nada, pero hay que ser firmes con estas cosas, porque a la ANSES, no le costaría mucho tomar empleados para brindar asesoramiento y sacar a todos los malos gestores o abogados. Para mi, una persona que compra períodos que no estaba en el país, y consigue una jubilación, comete una estafa- Pensalo bien Saludos ¡¡
 #424107  por AGDA
 
Hola: El sentido que le doy a la frase "no debe sobrepasar el conocimiento de las leyes" es porque no está reglamentado que sea el iniciador el que coteje todos esos datos y haga esos cruces, lo hacen con oficios a cada institución y con posterioridad, no es instantáneo, aún no está todo tan automatizado como para saberlo en el momento. Por otro lado, la mayoría de los empleados que atienden en anses, como iniciadores, son gente muy joven y capaz, que cumple con sus obligaciones. Hay excepciones, lo reconozco.
Además, no soy partidaria de buscar justificaciones para todo, si la persona no estuvo en el país, por ética, y solidaridad con el resto de las personas que sí estuvo, no le corresponde invocar aportes en esos períodos.
Además, para eso se presenta con un abogado, pues si va a esperar todo de los iniciadores de la ANSES ¿para qué cobramos nosotros? Si nosotros no ponemos límites bien definidos, luego aparecen los gestores que jubilan a cualquiera y los cargos después los tienen los solicitantes, hay que ser responsables. Y no estoy enojada para nada, pero hay que ser firmes con estas cosas, porque a la ANSES, no le costaría mucho tomar empleados para brindar asesoramiento y sacar a todos los malos gestores o abogados. Para mi, una persona que compra períodos que no estaba en el país, y consigue una jubilación, comete una estafa- Pensalo bien Saludos ¡¡
Celia, de ningún modo pretendo justificar la indebida solicitud de un beneficio en la inexperiencia, inoperancia o demás falencias de la ANSeS. Como prueba me remito al objeto de este post.

En caso que se presente con un profesional, le alcanzará a este último la responsabilidad que la ley civil establece para los mandatarios, a más de su obligación de conocer la ley e informársela al cliente.

No me caben dudas que quien actua con dolo y solicita una jubilación declarando períodos en que no estaba en el país puede quedar encuadrado en el art 174 inc 5 CP

Comparto en que hay que poner límites claros para evitar que se formulen juiciiso injustos de nustra profesión.

Saludos...