Hola, perodon la molestia,el tema que me preocupa es el sgte, el causante tiene aportes y reviste calidad de aportante regular, pero debe intereses, los que superan la suma de $80, puedo aplicar igual las resoluciones y no pagar los intereses poniendo en la SPP, "OBSERVACIONES" aplíquese decreto 526 y Circular GP 03/08 (bagatela), o si supera ese monto la viuda debe abonar los intereses en formularios por separado. Al abonar esto con posterioridad al fallecimiento no pierde regularidad verdad? Gracias
Saludos
