Buenas tardes foristas.
Mi consulta es por una jubilación que fue dada de baja el 12/2008 por tratarse de una Sra. pensionada incluida en el caso de la resolucion 884/2006, y quien no acreditó la cancelación de la deuda.
Ahora la Sra. quiere pagar de contado para cancelar la deuda, y así poder jubilarse.
¿Debo solicitar la baja del SICAM, realizar uno nuevo y pedir turno como nuevo beneficio? o como reapertura?
Asimismo, es una jubilación mixta, con aportes como autónoma y con rrdd, y en la presentación rechazada se agregó documental (certificación de servicios) que necesito que esté agregado a la nueva solicitud, como se procede en este caso?
Muchas gracias por la ayuda por adelantado.
Mi consulta es por una jubilación que fue dada de baja el 12/2008 por tratarse de una Sra. pensionada incluida en el caso de la resolucion 884/2006, y quien no acreditó la cancelación de la deuda.
Ahora la Sra. quiere pagar de contado para cancelar la deuda, y así poder jubilarse.
¿Debo solicitar la baja del SICAM, realizar uno nuevo y pedir turno como nuevo beneficio? o como reapertura?
Asimismo, es una jubilación mixta, con aportes como autónoma y con rrdd, y en la presentación rechazada se agregó documental (certificación de servicios) que necesito que esté agregado a la nueva solicitud, como se procede en este caso?
Muchas gracias por la ayuda por adelantado.
