Tengo un cliente al que ANSES le acordó el beneficio de Jubilación del Régimen de Reparto a partir de Noviembre de 2008, y en la Liquidación que le practican (aplicando los índices de actualizacion de la ANSES para los últimos 10 años de aportes) le determinan un haber mensual (a cobrar a partir de Junio) que supera el límite máximo del haber jubilatorio determinado por ANSES, que a partir de Marzo es de $ 5.646,07 pesos, y por lo tanto le hacen un descuento adicional al de Obra Social para que su haber bruto no supere ese límite. Teniendo en cuenta que los índices de actualización que utiliza ANSES para determinar el haber mensual inicial son aprox. un 50% menos de los que resultan de aplicar el caso Badaro, ¿no sería procedente reclamar para este caso la declaración de inconstitucionalidad del haber máximo jubilatorio, dado que contradice el principio de movilidad garantizado en la C.N.?
¿Alguno de Uds. tuvo algún caso parecido? ¿Creen que sería factible que prospere un reclamo de esta naturaleza?
Les agradezco los comentarios que me puedan ayudar a decidir sobre este tema.
Saludos a los Foristas
¿Alguno de Uds. tuvo algún caso parecido? ¿Creen que sería factible que prospere un reclamo de esta naturaleza?
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