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 #413288  por legalmentemorocha
 
Hola, tengo un cliente que firmó un pagaré en blanco y tiene miedo que se lo ejecuten (todavía no lo hicieron), el tiene dos casas, y para evitar futuros embargos quiere cubrir ambas propiedades, así que uno de los inmuebles lo pasaría a bien de familia.... pero el otro? que podría hacer? Tiene dos hijos menores de edad. Puede darselos en donaciòn o serìa atacado de nulidad el acto? podrìa hacer un fide ic omiso?
 #413289  por DoctorPiccafeces
 
Pasarlo como bien de familia no le va a servir, en tanto la obligación se asumió como previa a la constitución de bien de familia.

Si no se quiere meter en problemas futuros por una insolvencia fraudulenta, al poner los bienes en cabeza de otro (la otra opción), armale una "cancelación de pagaré" por un monto irrisorio y recomendale a tu cliente que, en el futuro, no firme documentos en blanco, que eso no es saludable para ningún patrimonio.
 #413358  por legalmentemorocha
 
Como sería una "cancelación de pagaré"?????
Si por ejemplo se tratara de un juicio por choque o algo así en el que todavía no hay sentencia, serviría???
Y el otro inmueble?=

Graciass
 #413370  por DoctorPiccafeces
 
No, es un juicio de conocimiento que tramita ante la justicia comercial, así se llama y le permite al librador de un pagaré el cancelarlo cuando no puede localizar al tenedor. Al menos esa es la finalidad de la acción, vos le vas a dar una diferente pero te sirve igual.
 #413394  por DoctorPiccafeces
 
Si a tu cliente le sustrajeron, se le destruyó o perdió un pagaré firmado en blanco, como entendí posteaste, puede promover esa acción ordinaria -de la cual estimo podrás encontrar abundante jurisprudencia en cualquier base de datos, así como modelitos y requisitos- con lo cual se cubre de cualquier acción cambiaria que un tenedor de mala fe pretenda plantear contra el.
 #413435  por legalmentemorocha
 
Si entendi eso, pero no entiendo como se la realiza para cubrir, porque yo plantearia la accion por $200 por ejemplo y despues vienen a ejecutarlo por $8000 y ahi que hago?? estuvbe buscando doctrina pero no encuentro no tendrías vos ? o un modelito de como sería?
 #413447  por legalmentemorocha
 
En realidad lo que mi cliente firmó fue una hojita en blanco, y tiene miedo que la rellenen como pagaré, o sea podrían ponerle cualquier fecha de vencimiento y cualquier monto. no podrían hacer un contrato porque es como la mitad de un A4. Pueden hacer un boleto de compraventa también?
 #413490  por DoctorPiccafeces
 
Me descolocás un poco, porque al abrir el thread dijiste que tu cliente había firmado un pagaré en blanco (el pagaré es un título específico reglado por el dto. 5965/63) y ahora variás el argumento, y lo que en realidad firmó es un papel en blanco. No te sirve la cancelación de pagaré, porque eso refiere al instrumento indicado o a la letra de cambio, y un papelito firmado en blanco no cuadra en el marco de la acción.