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  • Ejecución hipotecaria

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 #412069  por pablobahia
 
Hola gente, necesito su ayuda para aclarar algunas dudas. Esta es la cuestión: en el año 1998 dos personas a quienes hoy represento otorgaron un mutuo en dólares a una señora garantizando ésta su deuda con una hipoteca sobre un inmueble propiedad de su padre. Pagó dos cuotas y nunca más. Los acreedores iniciaron la ejecución hipotecaria del inmueble, (paralelamente este propietario estando en concurso) y lograron la venta del bien (que ellos mismos compraron) en un monto en pesos muy infimo recién en 2003. Luego el concursado se murio, y sus herederos iniciaron sucesión con beneficio de inventario que al día de hoy está en vistas de fijar audiencia para designar administrador, inventariador y tasador. Es decir, hay bienes, segun concurso hay muchos bienes. Es más, el concurso está paralizado y el síndico es un acreedor más porque tiene regulación de honorarios y no sabe cómo cobrar. ¿Que debo hacer? Primero pense en presentarme en la sucesión por legítimo abono, pero me dijeron que no iba a lograr nada con eso. El crédito ya está verificado, y consta en una escritura publica obrante en un expediente. Pienso en iniciar ejecución contra los Sucesores de... y contra la hija como deudora principal. Pero, ya no tengo hipoteca, el inmueble hipotecado se remato. ¿Voy por el saldo de precio en dólares? ¿o por el monto en pesos verificado en el concurso? ¿Que tipo de trámite?
Agradezco todo dato que me pueda orientar. Gracias.
 #412102  por Anaspada
 
Hola perdona pero no entendi bien el tema. Tus clientes son los acreedores hipotecarios? Terminaron el juicio? Entonces se quedaron con el inmueble no? El consursado es el propietario, es decir el garante (no el deudor principal) y se concurso y murio. Entendi bien???
 #412172  por MarceWolf
 
Considero que si el garante - concursado - causante, no se constituyo como codeudor solidario y principal pagador, no tendrias legitimacion para actuar en la sucesión teniendo como fuente la hipoteca, ya que su obligacion se circunscribe a responder con el bien hipotecado. Más, como la deudora principal es heredera forzosa del causante, tene presente que si los herederos abandonan o paralizan el trámite del sucesorio, tanto los acreedores del causante como los del heredero podrán intervenir en el juicio hasta su finiquitación (art. 1196 Cod. Civil) ..." (Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires, comentado, anotado, y concordado, legislación complementaria, art.729, por Carlos Eduardo Fenochietto).
Saludos
 #412189  por pablobahia
 
Anaspada escribió:Hola perdona pero no entendi bien el tema. Tus clientes son los acreedores hipotecarios? Terminaron el juicio? Entonces se quedaron con el inmueble no? El consursado es el propietario, es decir el garante (no el deudor principal) y se concurso y murio. Entendi bien???
Si, Anaspada, asi es. Leyendo a MarceWolf, ahora me asaltó la duda con respecto a lo de codeudor solidario, asi que voy a ver mañana el expediente en Tribunales. Para colmo no me dejan sacar copias.
Gracias por las respuestas, espero más. Saludos.
 #412204  por pablobahia
 
Me corrijo, en la escritura donde se instituyó el mutuo con garantia hipotecaria, se estableció que el garante es codeudor solidario, liso y llano pagador. Por lo tanto mi ejecución tiene tres legitimados pasivos, los bienes del causante, los bienes de la heredera y los de su marido (ambos son los deudores principales). Eso al menos creo que esta claro no? Ahora, tengo un mutuo oneroso en dólares incumplido, y un saldo de precio reconocido en dólares en la ejecución hipotecaria donde se remató el bien, (que se vendió en pesos y por el cual la abogada cobró honorarios dolarizados). Pero por otro lado tengo el crédito verificado en el concurso en pesos y por menor monto al original. Se entiende? JAjajaja. ¿Que me aconsejan? Espero vuestras respuestas. Saludos.