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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #411506  por evagomila
 
Estimados foristas:
Consulto porque estoy trabajando en una pensión mediante SICAM y es la primera vez que lo realizo. Tengo algunas dudas que quisiera consultarles.
1) El paso de acreditar datos y relacionar los cuil ya lo realicé. Ahora estoy en plena realización del SICAM.

2) El causante tenía inscripción en autónomos del 09/76 y pago ese período. Ningún otro pago de autónomos. Asimismo, tiene un mes aportado (01/1978) en RRDD tal como surge del historial laboral .
Ahora bien, les paso el SICAM para ver qué les parece:

cumplió 18 años 10/11/1961
falleció 26/06/2007.
En virtud del último pago de autónomos 09/76 cese ficto en esa fecha corresponderían 7 años de beneficio art.3 24.476 (primera duda ¿este razonamiento es correcto?) ¿Se puede aplicar beneficio en la pensión?

SITUACIÓN DE REVISTA:
* 12/1961 a 08/1976 (ampliada 14 años 9 meses)
* 09/1976 a 10/1976 (autónomo 1 MES)
*11/1976 A 12/1976 (AMPLIADA 1 MES)
* 01/1978 ( RRDD 1 MES)
* 02/1978 A 03/1984 (AMPLIADA 6 A 2 M)
*04/1984 A 03/1991 (BENEFICIO ART.3 7 AÑOS )
* 04/1991 A 01/1993(AMPLIADA 1 A 10 M).

1) DUDA: Se puede aplicar beneficio en este CASO?
2) PERDÓN SI ES UNA ESTUPIDEZ...PERO PODRÍA HABER EXCESO DE EDAD? SUPONGO QUE NO PORQUE LA PERSONA ESTÁ FALLECIDA.

ESPERO ALGUNA AYUDITA, GRACIAS.-
 #411739  por lgaray
 
evagomila escribió:Estimados foristas:
Consulto porque estoy trabajando en una pensión mediante SICAM y es la primera vez que lo realizo. Tengo algunas dudas que quisiera consultarles.
1) El paso de acreditar datos y relacionar los cuil ya lo realicé. Ahora estoy en plena realización del SICAM.

2) El causante tenía inscripción en autónomos del 09/76 y pago ese período. Ningún otro pago de autónomos. Asimismo, tiene un mes aportado (01/1978) en RRDD tal como surge del historial laboral .
Ahora bien, les paso el SICAM para ver qué les parece:

cumplió 18 años 10/11/1961
falleció 26/06/2007.
En virtud del último pago de autónomos 09/76 cese ficto en esa fecha corresponderían 7 años de beneficio art.3 24.476 (primera duda ¿este razonamiento es correcto?) ¿Se puede aplicar beneficio en la pensión?
si, porque tiene inscripción en autónomos

SITUACIÓN DE REVISTA:
* 12/1961 a 08/1976 (ampliada 14 años 9 meses)
* 09/1976 a 10/1976 (autónomo 1 MES)
*11/1976 A 12/1976 (AMPLIADA 1 MES)
* 01/1978 ( RRDD 1 MES)
* 02/1978 A 03/1984 (AMPLIADA 6 A 2 M)
*04/1984 A 03/1991 (BENEFICIO ART.3 7 AÑOS )
* 04/1991 A 01/1993(AMPLIADA 1 A 10 M).

1) DUDA: Se puede aplicar beneficio en este CASO?
Como te dije, SI
2) PERDÓN SI ES UNA ESTUPIDEZ...PERO PODRÍA HABER EXCESO DE EDAD? SUPONGO QUE NO PORQUE LA PERSONA ESTÁ FALLECIDA.
error, si podés aplicarle exceso de edad a un fallecido ¿ pero este no tenia 64 ? = entonces no tiene exceso, si era hombre
ESPERO ALGUNA AYUDITA, GRACIAS.-
2 detallecitos:
1º) comprale un mes más... total...
2ª) a que fecha te dieron la baja de autónomos en Afip?