Es la primera vez que entro al foro y estoy tratando de encontrar una respuesta /interpretación al contenido del artículo del tema.
En el hace referencia a la Jubilación Anticipada que al beneficiario le equivale el 50% del beneficio de jubilación al que tendrá derecho al cumplir la edad requerida de acuerdo a la ley 24.241.
Mi duda es, si al cumplir la edad requerida, ese beneficio que automáticamente debería ser del 100% como dice la ley, contempla los incrementos que se hubieran dado desde el otorgamiento del beneficio.
En espera de una contestación, agradezco la atención
En el hace referencia a la Jubilación Anticipada que al beneficiario le equivale el 50% del beneficio de jubilación al que tendrá derecho al cumplir la edad requerida de acuerdo a la ley 24.241.
Mi duda es, si al cumplir la edad requerida, ese beneficio que automáticamente debería ser del 100% como dice la ley, contempla los incrementos que se hubieran dado desde el otorgamiento del beneficio.
En espera de una contestación, agradezco la atención
