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  • eximente de responsabilidad de la aseguradora?

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 #405122  por cynthia_rs
 
Les cuento, mi cliente es dueño de un Renault Symbol 16, Año 2009, en perfecto estado de uso y conservación. Se encontraba estacionado reglamentariamente en una calle céntrica de una ciudad del interior del Chaco y fue embestido en el paragolpe trasero por la parte delantera de un automotor Fiat Spazio Sedan que, mientras circulaba, realizó una brusca maniobra para evitar colisionar con un tercer rodado. El Renault resultó con serios daños en su estructura.
El propietario y conductor del auto embistente es hermano del dueño del auto embestido (mi cliente).
Estimados colegas, deseo saber si dado el parentesco entre los dueños de los rodados involucrados y las circunstancias de lugar y modo de ocurrencia del siniestro, la aseguradora del vehículo embistente (quien tenía su seguro vigente, poliza al día) puede eximirse de su responsabilidad de indemnizar los daños materiales derivados del hecho? Muchas gracias.
 #405170  por sole10
 
cynthia_rs escribió:Les cuento, mi cliente es dueño de un Renault Symbol 16, Año 2009, en perfecto estado de uso y conservación. Se encontraba estacionado reglamentariamente en una calle céntrica de una ciudad del interior del Chaco y fue embestido en el paragolpe trasero por la parte delantera de un automotor Fiat Spazio Sedan que, mientras circulaba, realizó una brusca maniobra para evitar colisionar con un tercer rodado. El Renault resultó con serios daños en su estructura.
El propietario y conductor del auto embistente es hermano del dueño del auto embestido (mi cliente).
Estimados colegas, deseo saber si dado el parentesco entre los dueños de los rodados involucrados y las circunstancias de lugar y modo de ocurrencia del siniestro, la aseguradora del vehículo embistente (quien tenía su seguro vigente, poliza al día) puede eximirse de su responsabilidad de indemnizar los daños materiales derivados del hecho? Muchas gracias.
La aseguradora tiene que hacerse cargo ya que son dos vehículos distintos,con distintos propietarios y,por ende,distintas pólizas.
 #405303  por marianmollet
 
tiene que responder, pero para asegurarse que no es un siniestro mas de los tantos "armados", ya que hoy es moneda corriente y dado el parentesco al que haces referencia, probablemente la aseguradora envie a un liquidador/investigador de la Cia., para corroborar la existencia real del hecho.
saludos!
 #405863  por nagonzalez
 
La compañia no cubre debido que cubre daños a terceros y al ser hermanos no es tercero.
NO CUBRE HASTA EL TERCER GRADO DE CONSANGUINIDAD: CONDICICONES GENERALES DE POLIZA!!!!!!
INDEPENDIENTEMENTE LA COMPAÑIA COMERCIALMENTE LO PUEDE CUBRIR, TENIENDO EN CUENTA ANTIGUEDAD DEL SOCIO, FLOTA DE VEHICULOS ASEGURADA, CANTIDAD DE SINIESTROS QUE HAYA TENIDO.

SOY ABOGADA LIQUIDADORA DE SINIESTROS Y AVERIAS. ESPERO TE SIRVA
 #405872  por DAL
 
Vean la poliza. Recuerdo cuando la profesora de contratos nos conto, allá lejos y hace tiempo, que a pesar de ser abogada y especialista en contratos y tener un doctroado en derecho y bla bla bla, solo cuando su hija con su propio auto la choco, ahi se enteró que los seguros nunca cubrieron choques entre parientes.
 #406387  por cynthia_rs
 
Muchísimas gracias a todos los que hicieron su aporte, especialmente a los que ya tuvieron experiencia en estos temas, yo no suelo hacer daños, pero se trata de un amigo (el embestido) y le prometí ocuparme del tema, como tengo poca bibliografía específica no encontraba nada. Así que me fue muy útil el foro, igualmente me traerán una copia de la póliza en estos días, si tengo alguna novedad la compartiré con Uds. Cariños desde Resistencia! :)
 #406538  por abogalo
 
yo no me tragaría esa clausula q entre hermanos no cubre, de última me parece inconstitucional, xq le niega el derecho a la reparacion integral? el derecho de propiedad q onda? que no se castigue penalmente los delitos a la propiedad es una cosa muy diferente a ésta. Ojo, que obviamente es muy sospechoso un caso así y si estuviera por la aseguradora tampoco me darian ganas de autorizar el pago y lo mando a jucio. Pero si va a juicio y no puede probar que está "armado" no creo q se pueda aplicar esa cláusula de q no cubre cuando hay parentezco, es más, me animo a decir que ni siquiera entre parientes q van en el mismo auto. Yo la pelearía.