A ver si los mas eruditos del foro me dan una mano con este caso, que es hasta ahora, el mas importante de mi vida:
He ganado un amparo grande, y la beneficiaria es mi abuela. ANSeS no opuso prescripcion del art. 82, asique el retro va a ser mas o menos importante. Y lo mejor de todo es que mi querida abuela me lo quiere regalar todo a mi!! (ella esta en buena posicion y sus haberes mensuales deben rondar los $7.500). Por supuesto yo hasta ahora no le he cobrado un peso.
Hasta ahi todo bien. Pero hay dos complicaciones:
1) Un tío, que vive con ella y de ella, que le maneja toda la plata, dejandole solo lo justo para vivir (si bien no le falta nada). El resto se lo queda el.
2) Con mi abuela vivimos a 1500 kms de distancia (yo en San Juan, de donde ambos somos oriundos, y ella en Miramar, Pcia. de Bs.As.).
Y, oh sorpresa, mi tío el vividor, se ha ido para alla, donde le puede manejar tranquilamente el dinero como su apoderado.-
Ahora bien, como todos sabemos, ANSeS deposita en la cuenta del Beneficiario, y bueno, ya se imaginarán que no confío para nada en mi tío, quien tiene un historial bastante oscuro en manejo de dineros ajenos. No voy a esperar a que el tipo vaya un mes al cajero, se encuentre con toda esa guita y me la dé así nomas. Entonces yo quiero ver de que manera puedo lograr que ANSeS la deposite a la orden del juzgado, o algo asi.
Por otra parte, apenas comenzó el juicio, con mi abuela suscribimos un acuerdo ante escribano publico donde formalizabamos por escrito que yo me quedaba con el retro. El problema es que yo tenia muy poca experiencia por entonces y lo redacté como un acuerdo de honorarios, el cual despues me entero que está prohibido...asique yo ahora habia pensado en hacer una cesion de derechos, habida cuenta que ya hay sentencia firme y el monto resultante ya forma parte del derecho de propiedad de mi abuela, quien puede disponer como le plazca del mismo. El tema es que el que dispone ES MI TIO!!! que es un chanta total!!
POR FAVOR ASESORENME!!! Que hago para cobrar esto sin sobresaltos?? Se que el caso es muy particular, dadas las circunstancias familiares involucradas, asique apelen a la creatividad...QUE HARIAN??
RESPONDEN PLEASE!!!
He ganado un amparo grande, y la beneficiaria es mi abuela. ANSeS no opuso prescripcion del art. 82, asique el retro va a ser mas o menos importante. Y lo mejor de todo es que mi querida abuela me lo quiere regalar todo a mi!! (ella esta en buena posicion y sus haberes mensuales deben rondar los $7.500). Por supuesto yo hasta ahora no le he cobrado un peso.
Hasta ahi todo bien. Pero hay dos complicaciones:
1) Un tío, que vive con ella y de ella, que le maneja toda la plata, dejandole solo lo justo para vivir (si bien no le falta nada). El resto se lo queda el.
2) Con mi abuela vivimos a 1500 kms de distancia (yo en San Juan, de donde ambos somos oriundos, y ella en Miramar, Pcia. de Bs.As.).
Y, oh sorpresa, mi tío el vividor, se ha ido para alla, donde le puede manejar tranquilamente el dinero como su apoderado.-
Ahora bien, como todos sabemos, ANSeS deposita en la cuenta del Beneficiario, y bueno, ya se imaginarán que no confío para nada en mi tío, quien tiene un historial bastante oscuro en manejo de dineros ajenos. No voy a esperar a que el tipo vaya un mes al cajero, se encuentre con toda esa guita y me la dé así nomas. Entonces yo quiero ver de que manera puedo lograr que ANSeS la deposite a la orden del juzgado, o algo asi.
Por otra parte, apenas comenzó el juicio, con mi abuela suscribimos un acuerdo ante escribano publico donde formalizabamos por escrito que yo me quedaba con el retro. El problema es que yo tenia muy poca experiencia por entonces y lo redacté como un acuerdo de honorarios, el cual despues me entero que está prohibido...asique yo ahora habia pensado en hacer una cesion de derechos, habida cuenta que ya hay sentencia firme y el monto resultante ya forma parte del derecho de propiedad de mi abuela, quien puede disponer como le plazca del mismo. El tema es que el que dispone ES MI TIO!!! que es un chanta total!!
POR FAVOR ASESORENME!!! Que hago para cobrar esto sin sobresaltos?? Se que el caso es muy particular, dadas las circunstancias familiares involucradas, asique apelen a la creatividad...QUE HARIAN??
RESPONDEN PLEASE!!!
