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  • Norma que dispone matricula del CPACF para comparecer en med

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 #399467  por LeguLady
 
Hola foristas, ¿Alguien podría decirme cuál es la norma en virtud de la cual existe la obligación de estar matriculado en el CPACF para comparecer en una mediación celebrada en Capital? ¡Gracias!
 #399509  por abogado_1987
 
LeguLady escribió:Hola foristas, ¿Alguien podría decirme cuál es la norma en virtud de la cual existe la obligación de estar matriculado en el CPACF para comparecer en una mediación celebrada en Capital? ¡Gracias!
Legu, tené presente que ...

ARTICULO 11. — Las actuaciones serán confidenciales. El mediador tendrá amplia libertad para sesionar con las partes, pudiéndolo efectuar en forma conjunta o por separado, cuidando de no favorecer, con su conducta, a una de ellas y de no violar el deber de confidencialidad.

A las mencionadas sesiones deberán concurrir las partes personalmente, y no podrán hacerlo por apoderado, exceptuándose a las personas jurídicas y a los domiciliados en extraña jurisdicción de acuerdo a lo que se establezca en la reglamentación.

La asistencia letrada será obligatoria.

MEDIACION Y CONCILIACION
Ley 24.573
 #399515  por abogado_1987
 
y ...


Art. 2.- Para ejercer la profesión de abogado en jurisdicción de la Capital Federal se requiere: a) Poseer título habilitante expedido por autoridad competente; b) Hallarse inscripto en la matrícula que llevará el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal que por esta ley se crea. No será exigible este requisito al profesional que litigue ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación o ante tribunales o instancias administrativas, por causas originadas en tribunales federales o locales en las provincias. c) No encontrarse incurso en las incompatibilidades o impedimentos previstos en el artículo siguiente

Ley de Ejercicio de la Abogacía 23187