Hola foristas, estuve leyendo, pero se me presento lo siguiente:
YO tenia un cliente que le hice la Jubilacion, y antes de cobrar por primera vez: fallece, por lo tanto no cobre mis honorarios.
Viene la viuda, y le hago la pension...AHORA DEBO COBRAR 2 VECES, ES DECIR 4 HABERES? porque los creditos no pasan a los heredereos, es decir, si yo hice mi trabajo, q fue la Jubilaicion, la debo cobrar tb,no? Maxime que la viuda va a cobrar mucho mas de lo normal...
Gracias!
YO tenia un cliente que le hice la Jubilacion, y antes de cobrar por primera vez: fallece, por lo tanto no cobre mis honorarios.
Viene la viuda, y le hago la pension...AHORA DEBO COBRAR 2 VECES, ES DECIR 4 HABERES? porque los creditos no pasan a los heredereos, es decir, si yo hice mi trabajo, q fue la Jubilaicion, la debo cobrar tb,no? Maxime que la viuda va a cobrar mucho mas de lo normal...
Gracias!
Marina.-
