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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #398522  por dysglas
 
Tengo el caso de una señora que pagó por la ley 25865 15 años al contado cuando aún no tenia la edad. Ahora la tiene y quiero cambiarle la categoria y la situación de revista en el SICAM para poder jubilarla y que le salga poca deuda. Puedo hacerlo????? Existe alguna reglamentación que diga que no? Pregunté en distintas UDAI y nadie sabe o me dicen cosas distintas.
Graciasssss!!!! *suerte*
 #398525  por almabal
 
¿Con qué categoría y en qué período está inscripta? Tal vez puedas usar la circ. 69/06.
 #398526  por inesla
 
hola, en mi opinión no hay reglamentación que diga que no lo podés hacer, pero no creo que pagando una categoría superior el haber se modifique sustancialmente, buscá que hay unos cuántos posts, sobre categorías y haberes de pasividad, sds
 #398703  por anitas12
 
Si la moratoria 25865 aparece cancelada se puede confeccionar otro Sicam Ley 24476.
Este Sicam "pisa" la situación de revista denunciada en la 25865 hasta el período 09/1993.
Si se denunciaron períodos posteriores no se pueden modificar las categorías.