Tengo el caso de una señora que pagó por la ley 25865 15 años al contado cuando aún no tenia la edad. Ahora la tiene y quiero cambiarle la categoria y la situación de revista en el SICAM para poder jubilarla y que le salga poca deuda. Puedo hacerlo????? Existe alguna reglamentación que diga que no? Pregunté en distintas UDAI y nadie sabe o me dicen cosas distintas.
Graciasssss!!!!
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