hola.. para este tipo de inicio en donde el causante no tenia inscripcion de autonomos, puedo contabilizar el exceso de edad? y en su caso el art 38?? gracias
Hola Lía, si podés contabilizar el exceso de edad a la fecha de defunción, y también aplicar el art.38 de la 24.241, lo que no está permitido en caso que lo afilies post mortem es que apliques el art. 3 de la 24476.
Suerte!
