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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #392475  por manuan3GYTB7PI
 
Amigos: Vino a verme una clienta que hace 5 años trabaja con un transportista de la Pcia de Bs. As. Su tarea consiste en recibir algunas mercaderias y repartirlas o esperar que los destinatarios las vengan a buscar. Es lo que se llama habitualmente una comisionista. En realidad es una señora que se gana unos pesos haciendo esta tarea. El asunto es que desde hace un mes el transportista ni le trae trabajo ni le atiende el teléfono, pero ella sabe que él está trabajando. Por supuesto que está en negro y todas esas lindezas. El tema es: ¿COMO ME CONVIENE ENCUADRARLA PARA QUE SEA UNA TRABAJADORA EN RELACION DE DEPENDENCIA Y PODER ASI RECLAMAR COMISIONES CAIDAS, LA INDEMNIZACION DE LEY ART. 245 Y LA MULTAS DEL ART. 80?. ¿ Quién me puede tirar una idea?. Desde ya muy agradecido. Manuan.
 #392883  por bogatavo
 
Hola, la tarea de comisionista es típicamente comercial, podes aclarar si la sra. vendía la mercadería por cuenta y orden del transportista, recorría zonas, visitaba clientes, etc. para encararla como viajante de comercio (ley 14.546 y CCT 308/75). Por lo que comentas parece una relación comercial sin facturas ni recibos de ningún tipo, no?. Saludos
 #393690  por manuan3GYTB7PI
 
En el caso que comento, el término COMISIONISTA no responde propiamente a la tarea que realiza el comisionista comercial que es autónomo. En realidad lo que realiza la señora es recibir algunas mercaderías o sobres que el transportista en cuestión le trae mensualmente para que ella en algunos casos la distribuya y en otros los entregue en su propio domicilio cuando el cliente los pasa a buscar. Por ese trabajo que realiza desde hace 5 años exclusivamente para este transportista, sin estar inscripta ni como autónoma ni como trabajadora en relación de dependencia ella cobra una comisión, pero que como está en negro no se sabe de que porcentaje es, ni cuanto es mensualmente.
Ahora: Teniendo en cuenta lo descripto y que el Transportista hace un mes que no le da trabajo y no le atiende el teléfono (Tener en cuneta que el transportista es del interior de la Pcia de Bs. As.)., la señora pretende una indemnización por despido indirecto y el tema es ¿Cómo encuadrarla para que sea empleada en relación de dependencia? Gracias.
 #394018  por bogatavo
 
manuan3GYTB7PI escribió:En el caso que comento, el término COMISIONISTA no responde propiamente a la tarea que realiza el comisionista comercial que es autónomo. En realidad lo que realiza la señora es recibir algunas mercaderías o sobres que el transportista en cuestión le trae mensualmente para que ella en algunos casos la distribuya y en otros los entregue en su propio domicilio cuando el cliente los pasa a buscar. Por ese trabajo que realiza desde hace 5 años exclusivamente para este transportista, sin estar inscripta ni como autónoma ni como trabajadora en relación de dependencia ella cobra una comisión, pero que como está en negro no se sabe de que porcentaje es, ni cuanto es mensualmente.
Ahora: Teniendo en cuenta lo descripto y que el Transportista hace un mes que no le da trabajo y no le atiende el teléfono (Tener en cuneta que el transportista es del interior de la Pcia de Bs. As.)., la señora pretende una indemnización por despido indirecto y el tema es ¿Cómo encuadrarla para que sea empleada en relación de dependencia? Gracias.
Hola, me parece que para empezar habría que determinar si lo de la Sra. es relación de dependencia. Lo que te determina ello es la subordinación al transportista: debía cumplir horarios, días de trabajo, acataba ordenes y/o directivas para realizar la tarea, esta tarea era habitual u ocasional- hasta aca lo más determinante; para la distribución que medios utilizaba los propios o los del transportista (si bien no es determinante ayuda), realizaba alguna cobranza, el transportista le pagaba algún viatico, por lo que me decís la comisión sería el salario en que monto aprox.?, que mercadería repartía - dentro de que rubro y en , el transportista tiene una empresa de transporte, no? fijate en CCT 40/89 si la Sra entra dentro de algunas de las tareas del convenio, etc. Creo que son todos elementos para analizar.
A partir de allí, enviar una intimación conforme los terminos de ley 24.013 - con copia a AFIP - para que registre contrato de trabajo, y aclare situación laboral x negativa de tareas, asimismo parece que adeuda SAC y alguna otra cosita, por lo cual también intimarlo. Espero te sirva.