Amigos, tengo una consulta: Metí una ejecución de alquileres, el demandado abandono la casa y no se a donde se mudo, pero en el contrato estableció como domicilio el de la casa de mi cliente (la casa alquilada ahora abandonada). Mando el traslado ahí y me lo tendrán por notificado o tengo que conseguir el nuevo domicilio? Es en prov. De Bs. As..- Mil gracias.-
nicolas099 escribió:Amigos, tengo una consulta: Metí una ejecución de alquileres, el demandado abandono la casa y no se a donde se mudo, pero en el contrato estableció como domicilio el de la casa de mi cliente (la casa alquilada ahora abandonada). Mando el traslado ahí y me lo tendrán por notificado o tengo que conseguir el nuevo domicilio? Es en prov. De Bs. As..- Mil gracias.-Nicolás, en 1er lugar notificaría en el domicilio constituido en el contrato de locación ...
en cuanto al abandono del inmueble tené presente ...
1564. Abandonando el locatario la cosa arrendada sin dejar persona que haga sus veces, el locador tendrá derecho para tomar cuenta del estado de ella, requiriendo las correspondientes diligencias judiciales que fueren necesarias, quedando desde entonces disuelto el contrato.
1987 abandono locacion inmueble

