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  • contrato de locacion vencido: dudas intimacion

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 #376751  por Alejandrina
 
Hola amigos!
tengo q redactar una CD a un locatario que tiene vencido contrato desde el 2004 y ademas no abona alquileres desde septiembre del año pasado.

yo hice lo sgte:
*intime pago de alquileres por 48 hs
* y expuse que como el contrato estaba vencido, y se habia permitido que siga ocupando el inmueble hasta tanto se lo requieriera, y ademas de su incumplimiento en el pago de los alquileres , que le otorgaba 15 dias para desalojar.

no se si mezcle...o si si tengo q darle 10 dias para que pague entonce si intimo desalojo.
no se...tengo dudas como lo encare..
gracias!!!
 #376777  por cardozo
 
En realidad deberías mandarle otra CD.

Mas o menos que contenga lo Sgte.

Por la presente INTIMOLE, a Ud. en el Plazo perentorio de 20 días corridos a deshalojar el Inmueble, por vencimiento del C. de L. e Incumplimiento de sus Obligaciones; Asi mismo INTIMO además en termino de 48 Hs. proceda al pago adeudado en concepto de (Alquiler...) correspondiente a los Meses, (.enero, feb.....); cumplido y operado que fueran los terminos previsto en la presente y sin más comunicación epitolar procederé a iniciar las acciones Civile y penales emergentes.
QUEDA UD. DEVIDAMENTE INTIMADO Y NOTIFICADO.

Espero te ayude. Chau.
 #389219  por expediente
 
cardozo escribió:En realidad deberías mandarle otra CD.

Mas o menos que contenga lo Sgte.

Por la presente INTIMOLE, a Ud. en el Plazo perentorio de 20 días corridos a deshalojar el Inmueble, por vencimiento del C. de L. e Incumplimiento de sus Obligaciones; Asi mismo INTIMO además en termino de 48 Hs. proceda al pago adeudado en concepto de (Alquiler...) correspondiente a los Meses, (.enero, feb.....); cumplido y operado que fueran los terminos previsto en la presente y sin más comunicación epitolar procederé a iniciar las acciones Civile y penales emergentes.
QUEDA UD. DEVIDAMENTE INTIMADO Y NOTIFICADO.

Espero te ayude. Chau.
Pregunta, aun vencido el contrato y renovado periodicamente, No se tendrian que aplicar los plazos previstos en la ley de locaciones urbanas?
 #390977  por Alejandrold
 
Hola consulta, tengo un contrato que se venció en febrero del 2008 se pago todos los alquileres hasta febrero del 2009, como no pude pagar mas se me juntaron febrero - marzo abril, en abril le comente esto a la inmobiliaria, y le entregue la casa en mayo. no me hicieron la recepción de la llave, tampoco me acordó un plan de pago de lo adeudado, y ahora le enviaron una carta documento a la garantia, intimando por un pago superior a lo adeudado, esto es así se puede intimar a la garantia?, y aparte el contrato no esta sellado por el banco. nunca recibí una intimación por pago mal pago o de desalojo alguno. gracias
 #391020  por barney
 
Alejandrold escribió:Hola consulta, tengo un contrato que se venció en febrero del 2008 se pago todos los alquileres hasta febrero del 2009, como no pude pagar mas se me juntaron febrero - marzo abril, en abril le comente esto a la inmobiliaria, y le entregue la casa en mayo. no me hicieron la recepción de la llave, tampoco me acordó un plan de pago de lo adeudado, y ahora le enviaron una carta documento a la garantia, intimando por un pago superior a lo adeudado, esto es así se puede intimar a la garantia?, y aparte el contrato no esta sellado por el banco. nunca recibí una intimación por pago mal pago o de desalojo alguno. gracias
La garantia solo responde por el plazo del contrato que firmo, asi lo establecio reiteradamente la jurisprudencia y se plamo en la regorma del cod civ. Aun cuando el fiador sea un deudor solidario no puede imponérsele una nueva obligación si no medió su intervención y
consentimiento. La prórroga tácita del contrato de locación convenida entre el locador y el locatario no puede serle opuesta
a los fiadores en virtud del principio de relatividad en los efectos de los contratos; cuestión que ha quedado
definitivamente resuelta con la incorporación del art. 1582 bis del Código Civil