hola: en una sucesión pagué tasas, presenté informes, ate. Luego solicité se me regulen honorarios y se inscriba la declaratoria de herederos. El tema es que los herederos NO van a vender, ahora me regularon honorarios y me habilitaron inscribir la declaratoria de herederos librándose testimonio y oficio. ¿pero me equivoqué al no haber pedido adjudicación?, ¿que se pide primero inscr. de declaratoria o adjudicació?, ayuda por favor.....
MC escribió:hola: en una sucesión pagué tasas, presenté informes, ate. Luego solicité se me regulen honorarios y se inscriba la declaratoria de herederos. El tema es que los herederos NO van a vender, ahora me regularon honorarios y me habilitaron inscribir la declaratoria de herederos librándose testimonio y oficio. ¿pero me equivoqué al no haber pedido adjudicación?, ¿que se pide primero inscr. de declaratoria o adjudicació?, ayuda por favor.....MC, interpreto que inscribiría la DH ...
en ciudad de Buenos Aires
testimonio sin las proporciones que corresponden a cada heredero
las cuales se inscriben por minuta de inscripción en el RPI rubro 6
en fracciones ordinarias - quebrados (no %)

