Les comento:
La Sra es de capitalización (solo tenia un mes de aporte), su beneficio fue aprobado por Profesion AFJP en octubre del 2007.
Abono la primer cuota de moratoria de $308.00 en fecha
y quedaron pendientes 59 cuotas de $356,48.
Fue denegada por que no pago las siguientes cuotas de la moratoria en el banco.
Anses deniega su beneficio con el siguiente argumento:
Que la resolucion de anses nº 625 (27-8-06) complementaria de la resolucion Anses 579/06 en su articulo 6 refiere el descuento de cuotas pendientes del régimen de regularización para los afiliados al régimen de capitalización voluntaria serán descontadas del haber mensual en tanto que dicho importe no supere el monto de Prestaciones del Régimen Provisional Publico al que tuvieren derecho.
Que el presente caso no se ajusta a lo señalado en el considerando que antecede atento a que la titular posee un haber real de $317.00
Pregunta:
1- Esta obligada a pagar las cuotas de la moratoria o le corresponde a anses deducir las cuotas de moratoria del haber jubilatorio?
2- Hay un componente publico que se sume a su haber real y permita superar la cuota de moratoria?
Les pido si alguien conoce alguna normativa o bien como puedo resolver este caso para que le rehabiliten su beneficio y anses le descuente las cuotas del haber jubilatorio me lo hagan saber.
Muchas Gracias por la ayuda!!!
Los saludo. Kariadri
La Sra es de capitalización (solo tenia un mes de aporte), su beneficio fue aprobado por Profesion AFJP en octubre del 2007.
Abono la primer cuota de moratoria de $308.00 en fecha
y quedaron pendientes 59 cuotas de $356,48.
Fue denegada por que no pago las siguientes cuotas de la moratoria en el banco.
Anses deniega su beneficio con el siguiente argumento:
Que la resolucion de anses nº 625 (27-8-06) complementaria de la resolucion Anses 579/06 en su articulo 6 refiere el descuento de cuotas pendientes del régimen de regularización para los afiliados al régimen de capitalización voluntaria serán descontadas del haber mensual en tanto que dicho importe no supere el monto de Prestaciones del Régimen Provisional Publico al que tuvieren derecho.
Que el presente caso no se ajusta a lo señalado en el considerando que antecede atento a que la titular posee un haber real de $317.00
Pregunta:
1- Esta obligada a pagar las cuotas de la moratoria o le corresponde a anses deducir las cuotas de moratoria del haber jubilatorio?
2- Hay un componente publico que se sume a su haber real y permita superar la cuota de moratoria?
Les pido si alguien conoce alguna normativa o bien como puedo resolver este caso para que le rehabiliten su beneficio y anses le descuente las cuotas del haber jubilatorio me lo hagan saber.
Muchas Gracias por la ayuda!!!
Los saludo. Kariadri
