Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DESCARGO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #368529  por KELYNA
 
Estimados Colegas, necesito hacer un descargo por obstrucción ante una inspección laboral del Ministerio de Trabajo, la verdad no se me ocurre nada, alguno tiene algún caso similar que me pueda dar una mano.-
Desde ya muy agradecida, saludos cordiales.-
 #368823  por KELYNA
 
Alguien por ahi :roll:
 #369269  por hugonox
 
Podes explicar un poquito el caso?
 #369299  por KELYNA
 
Hugonox, te comento un poco:

A una empresa, le cae un inspector del MT, en ese momento fue atendido por una persona de Recursos Humanos quien le informó, si la podía esperar 10 minutos, este inspector hizo caso omiso, y queria ingresar en ese momento, acto seguido labró el acta por obstrucción al procedimiento del Ministerio (aplica la ley 12415).-

Ley 12415 parte pertinente
Artículo 7º: Facultades de los inspectores
1. Los inspectores, en el ejercicio de su función, tendrán las atribuciones establecidas por el artículo 12 del Convenio sobre Inspección del Trabajo, 1947, número 81, por lo que estarán facultados para:
A. Entrar libremente y sin notificación previa en los lugares donde se realizan tareas sujetas a inspección en las horas del día y de la noche.
B. Entrar de día en cualquier lugar cuando tengan motivo razonable para suponer que el mismo está sujeto a inspección.
C. Requerir todas las informaciones necesarias para el cumplimiento de su función y realizar cualquier experiencia, investigación o examen y en particular:
I. lnterrogar solos, o ante testigos, al empleador y al personal.
ll. Exigir la presentación de libros y documentación que la legislación laboral prescriba y obtener copias o extractos de los mismos.
lll. Tomar y sacar muestras de sustancias o materiales utilizados en el establecimiento, con el propósito de analizarlos y realizar exámenes e investigaciones de las condiciones ambientales de los lugares de trabajo y de las tareas que en ellos se realizan.
IV. lntimar la adopción de medidas relativas a las instalaciones o a los métodos de trabajo cuyo cumplimiento surja de normas legales o convencionales referentes a la salud, higiene o seguridad del trabajador.
V. Disponer la adopción de medidas de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para la salud, higiene o seguridad del trabajador, incluida la suspensión de tareas.
VI. Requerir la colocación de los avisos que exijan las disposiciones legales.
D. Tendrán las demás facultades que le reconocen las leyes.
2. Los inspectores de trabajo cuando no se deriven riesgos, daños o perjuicios directos para los derechos de los trabajadores, podrán emplazar al empleador a cumplir con las normas infringidas, labrando acta al efecto.
3. Los inspectores estarán habilitados para requerir directamente el auxilio de la fuerza pública a los fines del cumplimiento de su cometido.
CAPITULO IV
Disposiciones comunes
Artículo 8º: Obstrucción
1. La obstrucción a la actuación de las autoridades administrativas del trabajo que la impidan, perturben o retrasen de cualquier manera será sancionada, previa intimación, con multa de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) a PESOS CINCO MIL ($ 5.000).En casos de especial gravedad y contumacia, la autoridad administrativa podrá adicionar a los montos máximos de la multa una suma que no supere el DIEZ POR CIENTO (10%) del total de las remuneraciones que se hayan devengado en el establecimiento en el mes inmediatamente anterior al de la constatación de la infracción.
2. Sin perjuicio de la penalidad establecida, la autoridad administrativa del trabajo podrá compeler la comparecencia de quienes hayan sido debidamente citados a una audiencia mediante el auxilio de la fuerza pública, el que será prestado como si se tratara de un requerimiento judicial.


Ahora me llega la cédula para hacer el descargo, tengo cinco días, la verdad hice varios descargos ante el MT, pero ninguno por OBSTRUCCION.

Espero haber aclarado un poco mas el panorama, cualquier idea u opinión desde ya agradecida, saludos cordiales.-
 #369304  por cuervita
 
y....hace el descargo explicando que paso, aportando toda la prueba que puedas valerte...testigos por ej. Pero creo que la multa se aplica igual, se podra morigerar segun las pruebas aportadas...por lo menos en san juan es asi,es raro que no te apliquen la multa... el descargo hacelo igual.De todos modos es una opinion!!
besos!
 #369371  por KELYNA
 
Aca es igual, voy a formular el descargo de todas formas. Espero que no sea la multa que pienso. (me comentaron que es el salario minimo multiplicado por la cantidad de trabajadores) y son 120 trab.
 #371288  por hugonox
 
KELYNA escribió:Aca es igual, voy a formular el descargo de todas formas. Espero que no sea la multa que pienso. (me comentaron que es el salario minimo multiplicado por la cantidad de trabajadores) y son 120 trab.
Igual fijate que antes de la multa te tienen que intimar, de no ser así tenes alguna remota chanche, por lo cual yo en el descargo me pondria a disposicion de la inspeccion y trataria de evitarlo por ese lado. Igual creo que de la multa no safas, pero coincido con la chica de san juan que por ahi la morigeras.
un saludito.
 #371309  por KELYNA
 
Les comento, que ya hice el descargo, encontre jurisprudencia local, en el sentido de que para que proceda la multa por obstrucción es necesaria la intimación previa (art 8 ley 12415), vamos a ver que pasa, de todas formas, se puede recurrir, y en este caso ante los TT de San Martín, encontre variada jurisprudencia en el sentido.-

gracias, saludos cordiales.-
 #371348  por barney
 
El ministerio de trabajo es de pcia o de nacion porque la norma que se aplicaria varia en cada caso.
La nacional se fija audiencia para el descargo en la cual tenes que ofrecer y producir la prueba en la misma.
     #371360  por MORGAN
     
    Decí que pensaron que era un delincuente y fueron a llamar a la policía en ese interín el sujeto se había ido.
     #371400  por KELYNA
     
    Ayer tuve la audiencia del descargo, y como ofreci prueba testimonial se fijo para la semana prox. basicamente mi descargo se baso en:


    ... que esta persona se presento en bermudas y tenia pelo largo, (si bien no estamos en contra de que utilice bermudas y el pelo por debajo de los hombros), nos genero cierta desconfianza que una persona del Ministerio se presente de esa forma """ a realizar una inspección", por dicho motivo se le solicito que aguardara a fin de consultar con los Dirección, y cuando la Enc de RRHH regresa, el mismo ya había labrado el acta de infracción por obstrucción.

    El caso es en prov,. se aplica la ley 12415 que es ratificatoria de la 25212 (pacto federal).

    Gracias colegas y la semana prox les cuento, saludos cordiales.-
     #524645  por debysan
     
    Acabo de terminar un descargo, a mi cliente le hicieron una infraccion por obstruccion a la autoridad administrativa art 45 de la ley 10149 y art 8 ley 12415 era una obra en construccion, en el descargo puse que mi cliente no estaba en la casa y que al momento de llegar el inspector se encontraban los empleados de la empresa que me cliente habia contratado para construir la pileta y que por razones de seguridad, dado los robos que a menudo se producen en el conurbano cuando los delincuentes se hacen pasar por inspectores y afines los obreros tenian la orden de no dejar ingresar a nadie.-
    presente documental: contrato entre mi cliente y la empresa constructora de piletas.-
    Testimonial.-
    les cuento como sigue mas adelante.-
    Es en la Provincia de Buenos Aires,
     #686854  por Ros
     
    Los 5 dias son habiles? desde que te notifican la infraccion por cedula?
     #880055  por Natin
     
    Hola a todos soy nueva en esto y necesito presentar un descargo al Ministerio de Trabajo de La pcia de Bs as, Se labro un acta de infraccion por no presentar la empresa algunas cuestiones de seguridad e higiene los items q estan en el acta de infraccion son: adecuacion de ventilacion en el lugar de trabajo, capacitacion al personal sobre higiene y seguridad, riesgos de corte, equipo extintores de fuego, presentar medicion sonora, ahora llego la cedula hay 5 dias para contestar la empresa cumplio con todos los items. Alguien me puede ayudar con un modelo!! Desde ya muchas gracias
     #883922  por marilu365
     
    Mi pregunta es si una vez que labran el acta de infraccion por obstruccion empieza a correr el plazo para efectuar el descargo o hay que esperar que despues de eso notifiquen por cedula?.- Soy de Entre Rios.- Gracias