Hola, estoy tramitando una sucesión en Capital. Ya se dictó declaratoria de herederos. Ahora tengo que pedir la inscripción de un inmueble por tracto abreviado.
Ya que es la primera inscripción que realizo, tengo dudas respecto a la tasa de justicia:
Se paga el 3% de la valuación fiscal del inmueble más sobretasa del 5% por los muebles?
Si es así, esta sobretasa de dónde surge? La ley 23898 no la menciona.. Y: tengo que completar un sólo formulario para el pago o hay alguno específico para la sobretasa ?
Gracias!
Ya que es la primera inscripción que realizo, tengo dudas respecto a la tasa de justicia:
Se paga el 3% de la valuación fiscal del inmueble más sobretasa del 5% por los muebles?
Si es así, esta sobretasa de dónde surge? La ley 23898 no la menciona.. Y: tengo que completar un sólo formulario para el pago o hay alguno específico para la sobretasa ?
Gracias!