Hola gente, necesito la opinion de quienes hagan jubilaciones especiales, el caso es el siguientes: tengo el caso de una jubilada de provincia (sgo)que se jubilo por una ley provincial que establecia un regimen especial de jubilacion docente del 82 movil y eso.Cuando se realiza el convenio de transferencia de nacion a provincia, se ratifica por decreto del poder ejecutivo nacional 327/95. En virtud de esta convenio se deroga la ley provincial(que preveia el regimen especial docente)y se los pasa a todos los jubilados al regimen gral de la 24241.
Mi pregunta es la siguiente: que me conviene plantear?:
1) que se respete el derecho adquirido de un regimen especial docente (que podria hacerse un paralelo con gemelli y pedir el 82 con reajuste, ya que se trata de un convenio que deroga la ley provinacial, si bien esto esta previsto por el art 2 inc 4 de la 24241).
2) reclamar movilidad de la 24241.
que me recomiendan????????. Estoy sin saber como encararlo, la verdad necesito un opinion de quienes esten mas experimentados en este tema
Muchas Gracias.
Mi pregunta es la siguiente: que me conviene plantear?:
1) que se respete el derecho adquirido de un regimen especial docente (que podria hacerse un paralelo con gemelli y pedir el 82 con reajuste, ya que se trata de un convenio que deroga la ley provinacial, si bien esto esta previsto por el art 2 inc 4 de la 24241).
2) reclamar movilidad de la 24241.
que me recomiendan????????. Estoy sin saber como encararlo, la verdad necesito un opinion de quienes esten mas experimentados en este tema
Muchas Gracias.
