Hola a todos queria saber porque estoy confundida y leyendo la ley no me aclara si se puede presentar un reco de servicios al Anses con art.38 ley 24241 sobre declaracion jurada de servicios porque a mi cliente le faltan 6 años, gracias
Gabu escribió:Lo quiero jubilar por provincia pero primero quiero hacer un reco por nacion y le faltan 6 años en Nacion trabajo hasta el año 1994 pero en provincia sigue trabajandoPero como queres aplicar art 38 si sigue trabajando ?