Saludos, quiero la opinión de ustedes sobre un tema con unos pagarés vencidos.
un cliente me ha traído para ejecutar 5 pagarés y 4 cheques que han vencido en el 2007, y por lo tanto está fuera de toda discusión la vía ejecutiva. Existe un mutuo que respalda la operación pero al que hasta ahora no he tenido acceso, asi que desconozco su contenido
el deudor ya ha sido intimado por todos los medios previstos por la ley, y por los no previstos, también.
las preguntas son:
1. demando por cumplimiento de contrato o se puede ejecutar el mutuo (como instrumento privado, con un prepara vía)
2. la ejecución del mutuo procederá siempre que así se la haya establecido en el contrato, o no?
3. hay alguna vía que me esté perdidendo?
4. que diferencia habría entre un cumplimiento de contrato y un cobro de pesos?
5. que pasaría en el caso de que no exista el mutuo? se puede presentar una excepción en un juicio sumario por falta de causa?
Gracias.
PD: Si se me ocurren más preguntas, las sigo posteando
un cliente me ha traído para ejecutar 5 pagarés y 4 cheques que han vencido en el 2007, y por lo tanto está fuera de toda discusión la vía ejecutiva. Existe un mutuo que respalda la operación pero al que hasta ahora no he tenido acceso, asi que desconozco su contenido
el deudor ya ha sido intimado por todos los medios previstos por la ley, y por los no previstos, también.
las preguntas son:
1. demando por cumplimiento de contrato o se puede ejecutar el mutuo (como instrumento privado, con un prepara vía)
2. la ejecución del mutuo procederá siempre que así se la haya establecido en el contrato, o no?
3. hay alguna vía que me esté perdidendo?
4. que diferencia habría entre un cumplimiento de contrato y un cobro de pesos?
5. que pasaría en el caso de que no exista el mutuo? se puede presentar una excepción en un juicio sumario por falta de causa?
Gracias.
PD: Si se me ocurren más preguntas, las sigo posteando