Hola foristas, me llego un cliente y nose bien como proceder: resulta que su hijo estaba en el colegio, horario de clases, cuando un compañero (16 años) lo golpea con la rodilla en la nariz y le quiebra el tabique. El profesor que estaba a cargo no hace nada, incluso le dice que el vea si quiere informar el hecho a la directora (que es la dueña del establecimiento)..ahora bien...el colegio no tiene seguro, mi cliente lleva gastado mas de mil pesos, el padre del agresor le ofrecio $700 a cambio de que firme una conformidad donde renuncia a realizar acciones...Como debo proceder? Demando al colegio por el art 1117? Debo intimar primero? Como procedo con el agresor? Cualquier opinion será de utilidad! Gracias!
Si el fundamento es el 1117 por culpa "in vigilando", siempre que no se de el supuesto previsto por dicho articulo in fine..-
El padre del agresor esta amparado por el Art. 1.115. La responsabilidad de los padres cesa cuando el hijo ha sido colocado en un establecimiento de cualquier clase, y se encuentra de una manera permanente bajo la vigilancia y autoridad de otra persona.-