Hola a todos, hoy contesté un traslado sobre inclusión de un beneficio, a favor de una concubina, dentro de una pensión otorgada desde 10/2007. Mi cliente impugnó casi todo, sin problema, y presentamos documental y 5 testimoniales. deseo sacar, igualmente un turno porque supuestamente tengo 30 días para recurrir, aunque no hay todavía resolución, sino ""dictámen de legales"" donde se acredita la convivencia. Que es falsa, y quedó demostrado con las pruebas prsentadas..
1) ¿Para impugnar la probatoria que presentó la concubina es suficiente contestar el traslado, e impugnar?
2) ¿No tendría que recurrir ante la CARSS, ese dictámen del sector legales?? Porque se me pueden pasar los 30 días... Sin embargo, pido turno y me sale error, no puedo pedir recurso ni por el expediente de mi cliente, ni por el de la concubina... alguien tiene idea. Muchas gracias, desde ya..
1) ¿Para impugnar la probatoria que presentó la concubina es suficiente contestar el traslado, e impugnar?
2) ¿No tendría que recurrir ante la CARSS, ese dictámen del sector legales?? Porque se me pueden pasar los 30 días... Sin embargo, pido turno y me sale error, no puedo pedir recurso ni por el expediente de mi cliente, ni por el de la concubina... alguien tiene idea. Muchas gracias, desde ya..
Celia
