Estimados colegas foristas:
quisiera saber como toman en ANSES los períodos de Prestación por Desempleo y los de Garantía Horaria, si los computan solo como servicios a los efectos del otorgamiento de la PBU, como aportes para la PC y la PAP ó como ninguno de los dos?
En los casos que tengo, son clientes que prestaron servicios insalubres y para jubilarse necesitan también moratoria, así que es una jub. mixta.-
La Prest x Des. y la Gtía horaria... si me las toman... lo hacen como sev. comunes o como privilegiados?
Ultima consulta... al ser una jubilación mixta... no habria inconveniente que alguno, después de obtener el beneficio, vuelva a la actividad... siempre que no vuelva a ejercer el mismo oficio insalubre??????
Bueno, desde ya muchas gracias a quien tenga la amabilidad de colaborar
Un abrazo grande
quisiera saber como toman en ANSES los períodos de Prestación por Desempleo y los de Garantía Horaria, si los computan solo como servicios a los efectos del otorgamiento de la PBU, como aportes para la PC y la PAP ó como ninguno de los dos?
En los casos que tengo, son clientes que prestaron servicios insalubres y para jubilarse necesitan también moratoria, así que es una jub. mixta.-
La Prest x Des. y la Gtía horaria... si me las toman... lo hacen como sev. comunes o como privilegiados?
Ultima consulta... al ser una jubilación mixta... no habria inconveniente que alguno, después de obtener el beneficio, vuelva a la actividad... siempre que no vuelva a ejercer el mismo oficio insalubre??????
Bueno, desde ya muchas gracias a quien tenga la amabilidad de colaborar
Un abrazo grande
