Saludos a todos. Quisiera hacerles una pregunta.
http://www.anses.gov.ar/p-jubypens/sent ... ciales.htm
En el link de la web de ANSES que pegué arriba, en "Pago de Sucesiones" dice lo siguiente:
"Para poder realizar el pago de acreencias de beneficios no vigentes, es necesaria la apertura de la pertinente sucesión. A fin de poder efectuar los depósitos correspondientes,esta Gerencia deberá contar con un oficio sucesorio que ordene practicar la liquidación y que requiera que las sumas sean depositadas a nombre de los autos de la sucesión. Asimismo, se requiere la presentación del certificado de defunción en original o copia certificada".
¿Podrian informarme que normas lo disponen, o indicarme como obtener dicha información?. En la biblioteca de ANSES me informaron solo sobre unas circulares, pero debe/n haber otra/s norma/s de mayor jerarquía que disponga/n sobre lo que pregunto.
Muchas Gracias.
http://www.anses.gov.ar/p-jubypens/sent ... ciales.htm
En el link de la web de ANSES que pegué arriba, en "Pago de Sucesiones" dice lo siguiente:
"Para poder realizar el pago de acreencias de beneficios no vigentes, es necesaria la apertura de la pertinente sucesión. A fin de poder efectuar los depósitos correspondientes,esta Gerencia deberá contar con un oficio sucesorio que ordene practicar la liquidación y que requiera que las sumas sean depositadas a nombre de los autos de la sucesión. Asimismo, se requiere la presentación del certificado de defunción en original o copia certificada".
¿Podrian informarme que normas lo disponen, o indicarme como obtener dicha información?. En la biblioteca de ANSES me informaron solo sobre unas circulares, pero debe/n haber otra/s norma/s de mayor jerarquía que disponga/n sobre lo que pregunto.
Muchas Gracias.
