hola, estoy terminando de armar una demanda de reajuste de un jubilado por ley 18.037 y quería saber qué referencia tengo que hacer al ultimo aumento dado dos veces por años. Es decir, seguro que tambien tengo que plantear que es inconstitucional pues ese aumento tampoco se corresponde con la real movilidad a la que esta obligada el Anses en virtud del 14 bis. Pero alguien me puede ayudar con mayor exactitud? Para no inventar demasiado!!!!!
MIL GRACIAS!!!!!
MIL GRACIAS!!!!!
María Laura
