Inicio demanda por resol de boleto de comrpaventa y daños y perjuicios. Pago tasa por monto indeterminado y me piden que cuantifique el monot reclamado por daño emergente y pague toda la tasa. Como la compradora del inmueble no pago el saldo del precio , esto es, abonar al banco hipotecario las cuotas respectivas , reclamo como daño emergente la suma generada por su incumplimiento a lo largo de ocho años! es decir solo la suma que resulta de la aplicacion por el banco de los intereses moratorios la cual no puedo determinar en la demanda porque el banco se niega a informarmela argumentando que esas deudas fueron vendidas a un fideicomiso. Presento revocatoria con aplacion en subsidio, me la rechazan diciendo que debo determinarlo porque afecta la garantia de defensa en juicio y no nos encontramos en la excepcion del art 330 del cpcc. Que hago voy a camara, el articulo dice que no es necesario cuantificar el monto en la demanda si las circunstancias del caso no lo permiten y que le banco no me quiere informar la deduda no seria una circunstancia??? ademas no afecto el derecho de defensa, la otra parte debera exponer sus argumentos para que no se la condene a abonar la suma generada por la aplicacion de esos intereses moratorios, es decir...yo expuse en la demanda las bases para cuantificar el monto!!! no creo afectar el derecho de defensa!! que opinan??