Una pareja alquilaba un dpto. el sr. firmò el contrato y la hermana le sale de garante. La pareja se separa , el hombre se va a vivir con sus padres y la mujer se queda con el hijo de ambos en dicho depto. En enero de 2009 se vence el contrato de alquiler, y el hombre le devuelve las llaves al dueño y le paga hasta ese mes. Aquì viene el problema: la mujer no se quiere ir del depto. y entonces el dueño intima a mis clientes : el ex inquilino y a su hermana, la fiadora a que paguen febrero, marzo y abril con intereses o si no los embarga e inicia el desalojo. Que puedo oponer para que en realidad el desalojo lo hagan contra la mujer que hoy por hoy es como una intrusa. La verdad no sè como encaminar este tema!!!!!
La verdad que no es complicado, ya se el titulo muchas veces se pone para llamar la atencion, ja..... la cusals e spor falta d restitucion del bien al finalizar el contrato y ademas debes requerir el pago de los meses de alquiler adeudados. .- Tene presente el art 9 de la ley 23091
Artículo 9. Continuadores del locatario.
En caso de abandono de la locación o fallecimiento del locatario, el arrendamiento podrá ser continuado en las condiciones pactadas, y hasta el vencimiento del plazo contractual, por quienes acrediten haber convivido y recibido del mismo ostensible trato familiar.
La persona seria demandada por ser continuadora del contrato de loacion y al haber finalizado no lo restituyo.-