Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • USUCAPION veinteanial

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #339950  por Viri
 
Hola ! quisiera saber que ocurre si depues de veinte años de posesion ininterrumpida y continua, impuestos pagos, servicios instalados y mejoras, iniciara la accion de usucapion y se presentaran herederos del propietario? gracias
 #339963  por cdiriarte
 
Vos debes iniciar la usucapión en contra del titular registral, si en el juicio se presentan los herederos, deben probar que tu parte no ha ejercido los actos de posesión de la manera descripta en la demanda y que la misma no ha sido pacífica ni ininterrumpida o que el causante de ésa sucesión y/o los herederos han iniciado antes del transcurso del plazo del Art. 4.015 del CC alguna acción posesoria o real a los fines de la recuperación del inmueble. Por lo que decís, seguramente tenés manera de probar que tu cliente ha poseído el inmueble y ha ejercitado aquellos actos tendientes a demostrar la existencia de su derecho. Que los herederos se presenten e invoquen derechos sobre el inmueble implica costas a tu favor, yo no me preocuparía. Suerte.