Mi consulta tiene que ver con la famosa Circular 57/08 respecto de los periodos abonados en forma extemporanea. En la parte en la que se refiere a la Pension por fallecimiento de los no comprendidos en el decreto 326/56, dice que "para acreditar la condicion de regulalridad" , hay que remitirse al Decreto 460/99. En este decreto dice que la regulalridad se adquiere si se tiene 30 meses dentro de los 36 o 18 meses dentro de los 36, o 12 meses dentro de los 60. PERO NO DICE NADA DEL APORTANTE REGULAR CON DERECHO CON 30 AÑOS DE SERVICIOS.
¿Alguien pudo caratular una Pension Directa en esas condiciones? Y me gustaria saber si se la acordaron.
Mi caso se plantearia de esta manera:
Causante: Fecha nacimiento: 31/05/48
Fecha fallecimiento: 09/12/2008
TIENE INSCRIPCION AUTONOMA: 01/1980
Detalle de servicios declarados
AUTONOMOS: 01/06/1966 A 30/09/1993 27 A 4 M (Entraria todo en Moratoria)
SDM: 01/05/2001 A 30/06/2004 2 A 8 M (Abonado todo al contado en forma extemporanea - $ 1376.-)
Les agradeceria su comentario
¿Alguien pudo caratular una Pension Directa en esas condiciones? Y me gustaria saber si se la acordaron.
Mi caso se plantearia de esta manera:
Causante: Fecha nacimiento: 31/05/48
Fecha fallecimiento: 09/12/2008
TIENE INSCRIPCION AUTONOMA: 01/1980
Detalle de servicios declarados
AUTONOMOS: 01/06/1966 A 30/09/1993 27 A 4 M (Entraria todo en Moratoria)
SDM: 01/05/2001 A 30/06/2004 2 A 8 M (Abonado todo al contado en forma extemporanea - $ 1376.-)
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