Hola gente! les pido opinión respecto de un tema.
Me consultó un señor de mas de 90 años el cual no está casado y cuando se muera quiere q la señora q lo cuida desde hace mas de 20 años pueda cobrar la pensión.
Tendría q tener previsto q le va a pedir el anses para acreditar la convivencia.
Una opción era casarse pero la mujer no quiere asi q se me habia ocurrido pedir un certifcado de convivencia en el registro civil, q es lo q se suelen pedir las obras sociales para incorporar a los concubinos.
Esto solo servirá como pba??? ademas de los testigos, porq no tiene servicios a su nombre, tampoco su obra social. Tendria q cambiar el domicilio por el del señor?? de todas maneras el cambio tendria fecha actual.
Espero opiniones y sugerencias. Gracias!!
Me consultó un señor de mas de 90 años el cual no está casado y cuando se muera quiere q la señora q lo cuida desde hace mas de 20 años pueda cobrar la pensión.
Tendría q tener previsto q le va a pedir el anses para acreditar la convivencia.
Una opción era casarse pero la mujer no quiere asi q se me habia ocurrido pedir un certifcado de convivencia en el registro civil, q es lo q se suelen pedir las obras sociales para incorporar a los concubinos.
Esto solo servirá como pba??? ademas de los testigos, porq no tiene servicios a su nombre, tampoco su obra social. Tendria q cambiar el domicilio por el del señor?? de todas maneras el cambio tendria fecha actual.
Espero opiniones y sugerencias. Gracias!!
"A los hombres fuertes les pasa lo que a los barriletes; se elevan cuando es mayor el viento que se opone a su ascenso." José Ingenieros
