Hola amigos del foro, les hago una consulta. Una persona obtuvo jubilación transitoria por invalidez, y mientras estuvo en actividad tenía como obra social a OSECAC. Ahora que le salió la jubilación la obra social le dice que no puede tener mas esa obra social y que tiene que tener PAMI. El tuvo la obra social hasta el momento que le salió el beneficio, y aparte tiene que seguir haciendose tratamientos en la ciudad de buenos aires ( cancer), tratamientos que cubria OSECAC. Mi pregunta es la siguiente. Habrá alguna ley que me respalde para reclamar que le sigan reconociendo el derecho a tener la obra social OSECAC, y mas por el tema de que necesita seguir con los medicos de buenos aires. Desde ya muchas gracias.
Los jubilados tienen derecho a permanecer en la obra social que tenían cuando estaban en actividad.
Te sugiero que llames a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD para hacer la queja. Tiene un 0800, no lo recuerdo en este momento. También puedes entrar a la sitio.
De cualquier manera, no se cuál es peor de las dos: OSECAC vs PAMI!
