Chicos, a ver si me pueden dar alguna opinion:
Se trata de una jubilacion por invalidez que fue denegada (y recien tengo la vista para el 25 de mayo);
Mi clienta hizo sola el tramite, y ahi esta el resultado....
El tema fue asi; aparentemente quizo comprar la regularidad por SDM encuadrando el tramite en una IRREGULAR CON DERECHO (pagando solo $20),
Deduzco que el rechazo fue por la extemporaneidad de los pagos ya que si hubiese sido por los $23 que no reintegro la hubiesen citado; la INVALIDEZ ESTA MAS QUE PROBADA (+ del 75%)
Pero he aqui que le pido a una computista que me de el computo ilustrativo de como se armò el expte, y advierto que en el computo se olvidaron de contar 1 año (el computista indica el periodo 01/01/1982 al 31/12/1982,,,,,,,,y al lado pone 0 años de aportes); ese año ademas sale claramente de la sabana de aportes.
Contando ese año que se comieron llego justo, justo a los 30 años, lo cual encuadraria el tramite en una REGULAR CON DERECHO (con lo cual cobraria mas, etc);
Uds que harian, ¿presentarian una nueva jubilacion o recurririan ante la CARRS? ¿que es mas rapido? ademas no estoy tan seguro si es recurrible;
Agradezco al que tire una opinion;
Se trata de una jubilacion por invalidez que fue denegada (y recien tengo la vista para el 25 de mayo);
Mi clienta hizo sola el tramite, y ahi esta el resultado....
El tema fue asi; aparentemente quizo comprar la regularidad por SDM encuadrando el tramite en una IRREGULAR CON DERECHO (pagando solo $20),
Deduzco que el rechazo fue por la extemporaneidad de los pagos ya que si hubiese sido por los $23 que no reintegro la hubiesen citado; la INVALIDEZ ESTA MAS QUE PROBADA (+ del 75%)
Pero he aqui que le pido a una computista que me de el computo ilustrativo de como se armò el expte, y advierto que en el computo se olvidaron de contar 1 año (el computista indica el periodo 01/01/1982 al 31/12/1982,,,,,,,,y al lado pone 0 años de aportes); ese año ademas sale claramente de la sabana de aportes.
Contando ese año que se comieron llego justo, justo a los 30 años, lo cual encuadraria el tramite en una REGULAR CON DERECHO (con lo cual cobraria mas, etc);
Uds que harian, ¿presentarian una nueva jubilacion o recurririan ante la CARRS? ¿que es mas rapido? ademas no estoy tan seguro si es recurrible;
Agradezco al que tire una opinion;
