Hola colegas... una sra. nacida el 30/11/1946... ya esta en condiciones de jubilarse sin pagar sdm???
porque a la fecha tiene 2 años y 6 meses de exceso de edad...
situacion de revista
01/1955 hasta 09/1993
y lo que falta se computa por exceso de edad??? es asi?? o saque mal la cuenta!
Graciasssssssssssss por sus opiniones.
porque a la fecha tiene 2 años y 6 meses de exceso de edad...
situacion de revista
01/1955 hasta 09/1993
y lo que falta se computa por exceso de edad??? es asi?? o saque mal la cuenta!
Graciasssssssssssss por sus opiniones.
