Hola colegas:
Les cuento este caso a ver qué opiniones tienen para darme: mi cliente entregó $ 1000.- en concepto de seña, el vendedor se arrepintió de realizar la venta (la inmobiliaria dice que en realidad fue mi cliente quien se arrepintió) y no le devuelven la seña.
Creo que no puedo hacer nada para reclamar porque el recibo está hecho por 10 días y con obligación de mi cliente de presentarse 48 hs antes del vencimiento de ese plazo a corroborar sobre la conformidad o no del vendedor de la operación, de lo cual no hay constancia.
La inmobiliaria ahora dice que computó el dinero entregado como gastos de la inmobiliaria por la gestión fracasada, y que nada devolverá.
De todas formas, prefiero transcribir la letra del "Recibo Provisorio" que firmó, para ver si alguien tiene algo para decirme que pudiera servir.
"RECIBO PROVISORIO: REFERENCIA DEL INMUEBLE: -datos del inmueble-. Recibimos del señor.........y por el término de 10 días corridos la suma de $1000.- en concepto de DEPOSITO y con orden expresa de aplicar como "Seña" en el caso de obtener de la parte propietaria la conformidad para la compra del inmueble sito en la referencia....CONDICIONES ESPECIALES: a) DE no ser aceptada la presente propuesta por la parte propietaria se reintegrará al interesado, el importe íntegro con el cual constituyó este depósito. Sin cargo, ni indemnización, ni derecho a reclamación de especie alguna. b) Si la propuesta es aceptada y no llegase a concretarse la operación aquí explicitada por causas imputables a la parte interesada o biene este no se presentase a la firma del boleto de compra ventea perderá este el importe íntegro que hoy deposita, sin necesidad de interpelación previa de especie alguna, perdiendo automáticamente derecho a reclamo. c) En caso de suceder lo esepcificado en el ítem anterior la inmobiliaria tendrá derecho a efectuar al importe de este depósito las erogaciones y honorarios que implique a su favor, las operaciones realizadas. d) Es obligacion de la parte depositante, titular de este recibo no transferible, recabar personalmente con una antelación de 48 hs a la fecha del vencmiento del presente y ante la firma inmobiliaria, de la conformidad o no de la propietaria..."
Les cuento este caso a ver qué opiniones tienen para darme: mi cliente entregó $ 1000.- en concepto de seña, el vendedor se arrepintió de realizar la venta (la inmobiliaria dice que en realidad fue mi cliente quien se arrepintió) y no le devuelven la seña.
Creo que no puedo hacer nada para reclamar porque el recibo está hecho por 10 días y con obligación de mi cliente de presentarse 48 hs antes del vencimiento de ese plazo a corroborar sobre la conformidad o no del vendedor de la operación, de lo cual no hay constancia.
La inmobiliaria ahora dice que computó el dinero entregado como gastos de la inmobiliaria por la gestión fracasada, y que nada devolverá.
De todas formas, prefiero transcribir la letra del "Recibo Provisorio" que firmó, para ver si alguien tiene algo para decirme que pudiera servir.
"RECIBO PROVISORIO: REFERENCIA DEL INMUEBLE: -datos del inmueble-. Recibimos del señor.........y por el término de 10 días corridos la suma de $1000.- en concepto de DEPOSITO y con orden expresa de aplicar como "Seña" en el caso de obtener de la parte propietaria la conformidad para la compra del inmueble sito en la referencia....CONDICIONES ESPECIALES: a) DE no ser aceptada la presente propuesta por la parte propietaria se reintegrará al interesado, el importe íntegro con el cual constituyó este depósito. Sin cargo, ni indemnización, ni derecho a reclamación de especie alguna. b) Si la propuesta es aceptada y no llegase a concretarse la operación aquí explicitada por causas imputables a la parte interesada o biene este no se presentase a la firma del boleto de compra ventea perderá este el importe íntegro que hoy deposita, sin necesidad de interpelación previa de especie alguna, perdiendo automáticamente derecho a reclamo. c) En caso de suceder lo esepcificado en el ítem anterior la inmobiliaria tendrá derecho a efectuar al importe de este depósito las erogaciones y honorarios que implique a su favor, las operaciones realizadas. d) Es obligacion de la parte depositante, titular de este recibo no transferible, recabar personalmente con una antelación de 48 hs a la fecha del vencmiento del presente y ante la firma inmobiliaria, de la conformidad o no de la propietaria..."
LORENSLEGAL