Hola a todos. El caso es el siguiente:
El locador y locatario firman un contrato por el alquiler de un taller mecánico. Al año, se da en locación al sublocatario -mi cliente-. Al mes y medio el locador (dueño del taller) le dice que se vaya inmediatamente. A todo esto, mi cliente solo tiene un recibo del locador (dueño del taller) Ahora:
1)¿Basta con el recibo?
2) ¿Puede desalojarlo inmediatamente? ¿Que plazo tiene?
3) ¿Puede consignar judicialmente los alquileres?
4)¿Puede reclamar indemnización?
5)¿que pongo en la carta documento?
Desde ya muchas gracias
El locador y locatario firman un contrato por el alquiler de un taller mecánico. Al año, se da en locación al sublocatario -mi cliente-. Al mes y medio el locador (dueño del taller) le dice que se vaya inmediatamente. A todo esto, mi cliente solo tiene un recibo del locador (dueño del taller) Ahora:
1)¿Basta con el recibo?
2) ¿Puede desalojarlo inmediatamente? ¿Que plazo tiene?
3) ¿Puede consignar judicialmente los alquileres?
4)¿Puede reclamar indemnización?
5)¿que pongo en la carta documento?
Desde ya muchas gracias
