Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Incumplimiento contractual!!!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #327521  por nicobarda
 
Hola Colegas, tengo el siguiente asunto y varias dudas y quiero apelar a su ojo profesional para que opinen respecto al caso:

Mi cliente tomó un seguro contra accidentes personales a favor de una nomina de beneficiarios (3 en total), que son empleados del mismo (si bien estan en negro, son empleados). Uno de ellos en su casa, tiene un accidente y lamentablemente fallece. Ante el reclamo a la Aseguradora, ésta contesta que no se va a hacer cargo del siniestro, atento a que como el accidente se produjo "en el ámbito familiar" no se encuentra dentro de lo que establece la cobertura. La compañia se apoya en una cláusula que refiere en forma textual que la cobertura operará sobre los beneficiarios "mientras permanezcan al servicio del contratante". Esta frase textual yo la interpreto que se refiere a que los beneficiarios sigan siendo empleados del contratante y NO MIENTRAS SE ENCUENTREN EN HORARIO DE TRABAJO, como lo interpreta la Compañia.
Ello también lo baso en que se trata de una poliza por accidentes personales y no de un tema de ART, donde si se tiene en cuenta el horario de trabajo.
...Que opinion le merece esta situación????

PD: Sin perjuicio de todo, tengo una duda sobre la competencia para realizar la demanda, es civil ordinario o federal???

Desde ya muchisimas gracias a todos...
 #327617  por satur06
 
Hola!!!!!!ante todo te contesto y te digo que si tenes el contrato de seguro a mano!!!!!!!sino lo tenes pediselo a tu cliente, tiene que tener el mismo. Una vez que lo tengas leelo bien en especial en la parte de exclusiones de cobertura. Pero te anticipo que la cobertura de seguros protege al empleador y en consecuencia al beneficiario una vez que el ultimo ha salido de su domicilio declarado como particular ( es decir, ni bien saliò de su finca es cuando funciona este sistema, ) sino se considera accidente domestico que no es amparado por este sistema.- No se que mas decirte. Chau
 #327672  por nicobarda
 
Hola, ante todo gracias por la respuesta. Te cuento: las exclusiones de cobertura hablan de diversas circunstancias (principalmente naturales o médicas) como causa del accidente que no se encontrarian cubiertas. NO ESTE CONTEMPLADO ESTE CASO; Asimismo el contrato habla de que estarán cubiertos los acontecimientos, ya sea en el ejercicio de la profesion declarada,... en su vida particular,...ACA ES CLARO; en cuanto a la cobertura de beneficiarios designados, repito que lo unico que dice es "mientras se encuentren al servicio del contratante" y en cuanto a cargas del asegurado solo habla de dar aviso de bajas en la nomina del personal, etc.
"al servicio del contratante"... ¿Es mientras son empleados o mientras estan cumpliendo horario de trabajo? Ese es el punto central y eso es de lo que la compañia se agarra para no pagar.
Saludos.
 #327721  por satur06
 
Hola!!!!!!!!habla mientras esta en horario de trabajo (al servicio del empleador) EL TIempo comienza ni bien sale el trabajador de su domicilio hacia su trabajo o prestacion laboral. Si el accidente es domestico, no quedarìa cubierto en principio
 #327728  por satur06
 
Amplio...........pero fijate bien o mejor dicho podràs ampliarme aunque sea rapida que tipo de accidente domestico tuvo!!!!!!Tenè en cuenta, que la cobertura comienza ni bien el trabajador sale de su domicilio particular ( o denunciado) Una cosa es un accidente domestico propiamente dicho o por el contrario el hecho ocurre cuando el trabajador sale o ingresa a su casa. A como lo planteas supongo que fue un hecho donde la persona fallece por algun infortunio que se pudo haber generado dentro de la misma finca en un dia no laboral o previamente a esta circunstancia. Mirá bien esto, por que sino es peleable y tenè en cuenta que la cìas de seguros son bastante bravas para querer zafar !!!!!!!!!!!!!!!!
 #328273  por nicobarda
 
Lo que le paso fue que se electrocuto mientras colgaba la ropa en la soga de alambre porque cayo un rayo. Vuelvo a repetir... 1) en ningun lado se refiere a "mientras este en horario de trabajo" 2) para mi la unica condicion es que sean empleados del contratante y que el accidente se produzca dentro de los riesgos cubiertos.
Del contrato a mi nada me dice o me especifica que la cobertura funciona mientras esten en horario de trabajo y no adentro de su casa.
Saludos.