Continuo con el tema de la declaratoria de herederos y el fondo de comercio. En la sucesión ab intestato, se dicto la declaratoria de herederos con respecto a una propiedad del causante. Denuncie como bien nuevo el fondo de comercio del cual el causante tenía una sociedad de hecho, que a su muerte los herederos cedieron a título gratuito a favor de mi cliente (socio del ya mencionado). En esta etapa se presentaron todos los certificados y tasa, como ya hubo declaratoria de herederos, los edictos fueron publicados oportunamente. En este momento el juzgado me solicita nuevos edictos con respecto a la cesión de derechos del fondo de comercio. Mi duda es, si ya se publicaron edictos, nuevamente es necesario publicar nuevos con respecto al fondo de comercio?
Desde ya muchas gracias al que me pueda evacuar esta duda
Desde ya muchas gracias al que me pueda evacuar esta duda