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 #322531  por 1987
 
Continuo con el tema de la declaratoria de herederos y el fondo de comercio. En la sucesión ab intestato, se dicto la declaratoria de herederos con respecto a una propiedad del causante. Denuncie como bien nuevo el fondo de comercio del cual el causante tenía una sociedad de hecho, que a su muerte los herederos cedieron a título gratuito a favor de mi cliente (socio del ya mencionado). En esta etapa se presentaron todos los certificados y tasa, como ya hubo declaratoria de herederos, los edictos fueron publicados oportunamente. En este momento el juzgado me solicita nuevos edictos con respecto a la cesión de derechos del fondo de comercio. Mi duda es, si ya se publicaron edictos, nuevamente es necesario publicar nuevos con respecto al fondo de comercio?
Desde ya muchas gracias al que me pueda evacuar esta duda
 #322777  por E_Branas
 
Extraño lo que te proveyeron. ¿No habra sido un error en la providencia? No sería ni la primera ni la ultima vez que sucede, que solicitan algo que no corresponde. Los edictos se publican una sola vez y no es para incorporar bienes sino para anoticiar a los que se crean con derecho para obtener la declaración de estado de heredero. Yo pediría que me lo aclaren en el Juzgado. Suerte