Hola a todos primero disculpen mi ignorancia soy nuevo, recien estoy dando mis primero pasos en la profesion y uno tiene miedo de quedar mal o meter la pata en forma constante....Mi pregunta mas bien es de forma tengo que realizar un poder para pleitos, ya lo hice, lo hago por duplicado?? una copia queda para mi que la incorporo al expediente y la otra queda en el tribunal en algun libro?? o solo presento una copia para q la certifique el secretario y listo.. gracias