soldal escribió:buen día a todos! les hago una consulta. Tengo una sucesión que tramita aca en capital, es un solo heredero y tiene como parte de la herencia una cuenta de capitalización de una afjp. los fondos ya están depositdos en el Banco Nación, solicité el cheque, pero previamente me piden que pague la tasa de justicia. Que porcentaje de los fondos debo abonar por la tasa de justicia?? tienen idea donde puedo conseguir el formulario, se paga en el Banco Nación o en el Ciudad?? desde ya les agradezco mucho a todos. El tema es bastante urgente!
Muchas gracias, Soldal
Sol, formularios de tasa de justicia y pago > B Ciudad, PB, Talcahuano 550 (palacio)
y tené presente ...
TASAS JUDICIALES Ley Nº 23.898
ARTICULO 2º — A todas las actuaciones, cualquiera sea su naturaleza, susceptibles de apreciación pecuniaria se aplicará una tasa del
TRES POR CIENTO (3%), siempre que esta ley u otra disposición legal no establezca una solución especial para el caso. Esta tasa se calculará sobre el valor del objeto litigioso que constituya la pretensión del obligado al pago según lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 9º de la presente ley, con las modalidades y excepciones previstas por la misma.
ARTICULO 3º —
La tasa se reducirá en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) en los siguientes supuestos:
.......
c)
Juicios sucesorios;