Por lo que leí el haber mínimo ferroviario es el haber mínimo multiplicado por 2.21 en el caso de los "maquinistas", y por 1.70 en el resto de los trabajadores ferroviarios; y se les liquida como "HABER FERROVIARIO", o en otros casos con código 082 ó 092. Esos son los coeficientes vigentes. No pueden ganar menos que eso.
Pero la otra cuestión es si se les puede reclamar la aplicación de "Badaro" a estos casos. Si alguien lo sabe o lo pidió o le salió un reclamo aplicando "Badaro" a los ferroviarios, le agradecería comparta con el foro su experiencia.