Hola colegas. Tengo una dura respecto de lo que refiere el art. 8 de la ley de locaciones urbanas en cuanto a que dice: transcurridos los 6 meses de la relación locativa el locataria podrá rescindir el contrato.
El tema es el siguiente para poder rescindirlo tiene que esperar los 6 meses o puede rescindirlo a los dos meses. No me queda claro. Alguien me puede confirmar. Gracias. Atte. Liza.
El tema es el siguiente para poder rescindirlo tiene que esperar los 6 meses o puede rescindirlo a los dos meses. No me queda claro. Alguien me puede confirmar. Gracias. Atte. Liza.