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  • CONTRATO DE LOCACION: INDEMNIZACION

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 #314537  por mariaana
 
Mi cta. alquiló un depto. el 1/02/07 y terminaba el 28/2/09. Resulta que mi clienta entrega el depto el 2/2/09 y no paga ese último mes de alquiler porque considera que no le corresponde. El locador reclama no solo ese mes de alquiler, sino además la multa por haber rescindido el contrato de forma anticipada que establece el art. 8 de la ley 23091. Les parece que esto es correcto. Yo creo que no, que solo debe pagarle el mes de alquiler, pero la multa de ninguna manera porque no hay ningún perjuicio para el locador. Que les parece??
Otra pregunta sobre el mismo caso: en el contrato dice que se va a acompañar inventario de las cosas que se dejan en el departamento. Este está agregado, pero no firmado por mi clienta. El locador dice que le faltan cosas. Les parece que ese inventario tiene valor al haberse mencionado en el contrato o no tiene validez si no tiene firma??
Muchas gracias por lo que puedan aportarme!!
 #314807  por Gustavo33
 
mariaana escribió:Mi cta. alquiló un depto. el 1/02/07 y terminaba el 28/2/09. Resulta que mi clienta entrega el depto el 2/2/09 y no paga ese último mes de alquiler porque considera que no le corresponde. El locador reclama no solo ese mes de alquiler, sino además la multa por haber rescindido el contrato de forma anticipada que establece el art. 8 de la ley 23091. Les parece que esto es correcto. Yo creo que no, que solo debe pagarle el mes de alquiler, pero la multa de ninguna manera porque no hay ningún perjuicio para el locador. Que les parece??
Otra pregunta sobre el mismo caso: en el contrato dice que se va a acompañar inventario de las cosas que se dejan en el departamento. Este está agregado, pero no firmado por mi clienta. El locador dice que le faltan cosas. Les parece que ese inventario tiene valor al haberse mencionado en el contrato o no tiene validez si no tiene firma??
Muchas gracias por lo que puedan aportarme!!
hola, me parece que es correcto lo que pensas en cuanto a que solo debe el ultimo mes de alquiler, la indemnizacion no, pero tu clienta al momento de alquilar seguro que le pidieron un mes de deposito en garantia, el cual se lo deben reintegrar al finalizar la locacion, art 4 ley de alquileres, en cuanto al inventario yo no lo aceptaria como valido sin la firma de mi cliente y debe tener la fecha en la que se inicio de la locacion. igualmente espera otras respuestas. saludos
 #314810  por Dario52
 
lamentblemente tiene que pagar el mes, porque se paga mes adelantado, y en cuanto a la multa tambien tiene que pagar, porque para rescindir el contrato tiene que avisar con 60 días de anticipación, aunque no haya sufridos daños el propietario del inmueble
 #314825  por mariaana
 
Muchas gracias por sus respuestas. Con respecto al mes de depósito te cuento que quieren descontar del mismo arreglos que hay que hubo que hacer en el depto. Ese es otro tema que quiero ver como peleo, pero mi duda es por ese mes de indemnización que pretende el locador. Si a alguien se le ocurre algo mas será bienvenido. Neuvamente mil gracias por sus aportes!!!
 #314826  por GU
 
Entiendo que solo corresponde el pago del ultimo mes.

La obligacion principal del locatario es abonar el canon locativo. Si se cumplio con todos los canones locativos, aun en el caso de que se retire del inmueble con anterioridad al vencimiento del mismo, no corresponde el pago por la rescision anticipada ya que en la practica la misma se identifica con el mismo canon del ultimo mes.

Salutes
 #314978  por Dario52
 
Pero en el post dice que su cliente no pago el ultimo mes, porque dice que no le corresponde, entonces si se aplica la multa por rescisión anticipada, si hubiera pagado el ultimo mes de alquiler entonces no se aplica y puede entregar el inmueble antes del vencimiento del contrato
 #314990  por Gustavo33
 
estoy de acuerdo con Gu, es el mes que queda por pagar, o la indemnizacion, no los dos, de todas formas es lo mismo xq el contrato vence en el mes que entrego la propiedad.
 #315147  por mariaana
 
Perfecto. Es como yo lo creía lo que pasa es que el martillero que interviene me quiso confundir por ese lado. Si fuera de la otra forma y mi cta rescindía el contrato en diciembre debía pagar la multa y todos los meses de la locación hasta febrero. Muchas gracias a todos por su participación!!!